Mínimos de nuestra futura Constitución

 

La Constitución se califica usualmente cómo “Ley de Leyes”

Si observamos diferentes Constituciones y sus procesos de redacción veremos qué SIEMPRE Y EN TODOS LOS PAÍSES, políticos, partidos y poderosos (líderes religiosos, dictadores y reyes hereditarios incluidos), se han esforzado en dejarlas lo suficientemente “abiertas” y “básicas” cómo para luego poder legislar o hacer que se legislasen a su antojo cosas que no fuesen exactamente lo que el Pueblo qué aceptó y votó por esa Constitución querría.

 

Por lo general se arguye para ello qué la Constitución debe de legislar lo mínimo porqué, para ser “fuerte”, debe contemplar unas mayorías que la hagan difícil de cambiar y, por lo tanto, no debe contener disposiciones que, por quedar desfasadas, sea necesario cambiar en el futuro.

 

Y eso, pese a ser cierto, ES UNA FALACIA qué facilita cosas que estamos cansados de ver cómo, por ejemplo:

 

  1. Políticos que en campaña prometen el oro y el moro y que, después, legislan a su antojo y hacen y deshacen en función de lo que les interesa a ellos o lo que sus ideologías dicen que el Pueblo debe querer, no de lo que el Pueblo realmente quiere en cada momento o decidió en su momento.

  2. Políticos qué se corrompen o cometen fraudes.

  3. Poderosos qué logran hacer que se aprueben leyes que les benefician, les facilitan exenciones fiscales, libran de sanciones, etc...

  4. Dictadores que, una vez alcanzado el Poder, cambian las leyes que les permitieron alcanzarlo para que ya nadie les pueda desbancar, para alargar sus mandatos o su número y eternizarse ellos en el Poder (el caso de Hitler fue la epítome de ello pero no ha sido el único).

  5. Partidos que, una vez alcanzado el poder mediante un proceso democrático, eliminan la democracia o la pluralidad democrática.

Y multitud de ejemplos más.

 

Por lo tanto, si queremos una Nación Spana que, además de Fuerte y Unida, sea Sana y Justa hay que aprobar una Constitución que incluya disposiciones del máximo rango legal para prevenir e impedir el tipo de cosas que nadie del Pueblo quiere ni querrá jamás.

 

La mentira en los políticos

¿Usted quiere ser engañado por sus gobernantes?.

¿Cree que en el futuro es previsible qué alguien lo quiera?.

 

Ciertamente si en el futuro alguien quisiera ser engañado por sus gobernantes es evidente que la Constitución debería cambiarse por qué esos ya no seríamos nosotros, los spanos así que, si es así, que la cambien en ese improbable futuro, pero HOY NO:

 

Hoy vamos a incluir en nuestra Constitución una disposición para que todo lo qué declare, diga o proponga un político tenga carácter de DOCUMENTO PÚBLICO.

 

Así si nos miente será posible acusarle del delito de falsedad en documento público y condenarlo.

 

Penas máximas

Pero, claro, siempre cabría en lo posible que legislasen penas ridículas para el delito de falsedad en documento público, o para cualquier otro delito cuando lo cometa un político, así que habrá qué incluir otra disposición importante:

 

Qué todo delito cometido por algún político o relacionado  la actividad política, así cómo los cometidos en relación a la actividad de la Administración del Estado o algunas de sus partes, será SIEMPRE acreedor a las penas en mayor grado que correspondan a ese delito y qué, además, cuando lo cometa o haya cometido un político en ejercicio ESAS PENAS SERÁN DOBLADAS, tanto en su parte económica cómo en la penal.

 

Y listo, ni un sólo ciudadano tiene por qué tener el menor problema para que eso sea así y quede reflejado en la Constitución Spana, salvo que el mismo sea un defraudador o un corrupto o planee serlo.

 

¿O acaso usted quiere que quién cometa un delito contra todos nosotros, contra el Pueblo Spano, y nos perjudique a todos deba tener una pena pequeña, quizás incluso simbólica?

Tampoco en el futuro va a quererlo nadie.

 

La corrupción y el fraude

Convendremos en que otro tema importante para todos es evitar el fraude y la corrupción en la clase política y en la Administración Pública.

 

Ninguno queremos ni vamos a querer jamás que quienes gobiernan o administran nuestra Nación Spana o sus partes se corrompan o cometan fraudes, que malbaraten el dinero de nuestros impuestos o causen cualquier tipo de perjuicio a nosotros, a nuestro Pueblo o a nuestras empresas.

 

Por lo tanto es de sentido común incluir en nuestra Constitución Spana disposiciones para asegurarnos de qué nadie se vaya a atrever a cometer delitos así.

 

Así pues, la Constitución Spana ha de establecer que tanto corruptores como defraudadores deban reintegrar al Estado Spano como mínimo el triple de la cantidad corrompida, defraudada, malgastada o perdida (y mejor si es diez veces más) y, además, que compensen a las empresas o particulares qué hubieren sido damnificadas por sus actuaciones como mínimo con el doble del perjuicio que hayan sufrido.

 

Por supuesto, toda la estructura de partidos, organizaciones, agrupaciones, asociaciones y similares en las que estén integrados, o con las que estén relacionados ellos o las formaciones donde se integran, debe ser solidariamente responsable de esas cantidades por no haber articulado o no haber exigido la articulación de organismos de control efectivos para impedir que sus miembros, o las organizaciones de las que dependen o de las que reciben cualquier tipo de ayuda o colaboración, incurran en delitos así, no exigiendo qué tengan las debidas estructuras de fiscalización y control.

De hecho, para maximizar la efectividad de tales disposiciones esa responsabilidad solidaria debe ser extensiva a todos los afiliados de esos partidos y organizaciones porque de ellos es la responsabilidad de haberlos elegido y puesto en la posición qué les permitió defraudar o corromperse perjudicándonos a todos, así como la de no haber exigido qué estuvieran eficazmente fiscalizados y controlados.

 

Para garantizar el pago de esas sanciones, todos, tanto los culpables en caso de haber sido identificados cómo los afiliados a sus Partidos, Organizaciones, etc., todos sus integrantes, perderán el derecho al voto y serán inhabilitados para todo cargo o empleo público y la percepción de cualquier tipo de ingreso, subvención, salario, pensión o cualquier otra percepción proveniente de los caudales públicos hasta qué esas sanciones y compensaciones no queden completamente desembolsadas.

 

La coacción y el chantaje

Todos tenemos, entre otros que debe contemplar la Constitución Spana, Derecho a la Vida, a la Libertad, al Trabajo, a la Propiedad y a la Libertad de Movimientos.

Esto son Derechos Fundamentales.

 

En consecuencia no es de recibo que se consienta que otros Derechos No Fundamentales como el de huelga, reunión o manifestación atenten contra nuestros Derechos Fundamentales hasta el punto de privarnos por completo de ellos.

 

Es por ello que se debe de incluir en nuestra Constitución Spana la prohibición expresa de los “piquetes informativos”, ya que en la actual sociedad de la información no son necesarios y tan solo actúan como un instrumento coactivo contra quienes quieren hacer uso de su Derecho al Trabajo.

También debe regular qué el Derecho de Huelga solo se pueda ejercer manteniendo al menos unos servicios mínimos del 50% qué se ampliarán al 75% cuando se trate de centros de trabajo o servicios de urgencia, sanidad, transporte de mercancías o personas o cualquier otro que se defina en nuestra Constitución como estratégico o de primera necesidad para el Pueblo o la Nación Spana y que manifestaciones, reuniones o concentraciones en ningún caso podrán interrumpir más del 50% del tráfico ni ocupar más del 50% del espacio publico donde se convoquen.

 

Esos margenes garantizan qué la protesta tendrá la visibilidad suficiente cómo para que se tome conciencia de la situación que la origina mientras que se respetan, en la medida de lo posible, los Derechos Fundamentales de quienes no estén adheridos a ella.

 

La reincidencia en el delito o la falta

Todos estamos sujetos a cometer un error e incurrir en alguna ocasión en una falta o incluso en la comisión de un delito y por eso se propiciará la reinserción, sin embargo la persistencia reiterada en la comisión del mismo delito o falta u otro de similares características certifica la inexistencia del propósito de enmienda o la incapacidad para enmendarse, lo que no es admisible bajo ningún concepto.

 

Por ello nuestra Constitución Spana debe de incluir que, en caso de reincidencia en el mismo delito o falta u otro de similares características, las penas o sanciones se duplicarán respecto a la anterior.

En la primera ocasión se cumplirá la pena o sanción que determine la ley, en la segunda el doble de esa primera, en la tercera el doble de esa segunda, es decir, cuatro veces la primera, en la cuarta el doble de esa tercera, es decir, ocho veces la primera, etc.

 

En los delitos contra los menores, los de índole sexual, contra la libertad o seguridad de las personas, contra la salud, contra la vida, de tráfico de drogas o de terrorismo, en lugar de duplicarse las penas que marque la Ley en caso de reincidencia se quintuplicarán, siendo en la segunda ocasión de cinco veces la primera pena,  la tercera de veinticinco veces, etc.

 

A su vez, las condiciones para la remisión y la reinserción se endurecerán en los mismos grados y ninguno de esos delitos será anmistiable o indultable por ningún concepto.

 

La traición

A lo largo de la historia la traición ha sido condenada siempre con pena de muerte.

En la actualidad los spanos debemos incluir en nuestra Constitución una “pena de muerte” incruenta si creemos firmemente en el derecho irrenunciable de toda persona a su propia vida.

 

Por lo tanto los reos de traición, además de las penas que en su momento marque la Ley, sufrirán una "pena de muerte virtual", DEFINITIVA, IRREDIMIBLE E ININDULTABLE.

 

Esta consistirá en que:

  1. Les serán expropiados todos sus bienes y patrimonio, lo que será extensivo a toda aquella persona u organización que los mantenga, apoye o reconozca en algún modo.

  2. Serán privados de por vida de su derecho a hablar en público o a expresar o comunicar sus opiniones o ideas mediante cualquier medio de comunicación.

  3. Se prohibirá su acceso a todos los medios de comunicación social.

  4. Se les prohibirá participar o asistir a cualquier tipo de acto político, reunión, protesta o manifestación incluyendo los actos sociales en principio no políticos donde, planificada o no, prevista o no, se produzca cualquier tipo de acto o manifestación política, de apoyo o reconocimiento a sus personas o ideas.

  5. Aquellos qué transmitan sus ideas o declaraciones o les faciliten el acceso a cualquier medio o situación que les permita difundirlas o hagan apología de las mismas o sus personas serán reos del mismo delito y en el mismo grado en qué incurrió el condenado por traición y se harán acreedores a la misma condena.

 

La infracción de cualquiera de estas limitaciones en cualquier grado se tomará cómo reincidencia en la traición y estará sujeta a las disposiciones Constitucionales sobre reincidencia cómo delito contra la Libertad, contra la Seguridad y contra la Vida de las Personas como mínimo, sin exclusión de cualquier otro qué pueda quedar acreditado en el juicio correspondiente.

Adicionalmente, establecerá que los actos de terrorismo en cualquier grado cometidos por un spano serán ineludiblemente considerados traición.

 

Y más...

Hay muchas otras cosas qué debemos incluir y se incluirán en nuestra Constitución para qué queden reforzadas y defendidas de tal modo que a ningún poderoso ni político le sea dado cambiarlas sin nuestra expresa aprobación y, entre ellas, la primera ha de ser la forma de nuestro Estado Spano qué será el tema sobre el qué hablemos a continuación.

 

Nuestra Constitución no será "abierta y difusa" en aquellos extremos qué protejan a nuestro Pueblo y prevengan las cosas qué tenemos claro, sin la menor sombra de duda, qué jamás vamos a querer cambiar ni que nadie cambie sin que lo advirtamos ni podamos controlar y decidir nosotros si queremos que sea o no cambiado.


 

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